El pasado viernes el Consejo de Ministros presento el Anteproyecto de Ley de Resolución Alternativa de Conflictos de Consumo, en la web de referencia Financialfood, resumen el alcance y objetivos del citado Anteproyecto de Ley, por su interés lo resumimos a continuación.
El Consejo de Ministros, a propuesta del ministro de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, ha aprobado este viernes el Anteproyecto de Ley de Resolución Alternativa de Conflictos de Consumo que facilitará a los consumidores resolver sus reclamaciones sin acudir a la vía judicial
Con dicho Anteproyecto se incorpora a la legislación española la Directiva 2013/11/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 21 de mayo de 2013, que tiene por objeto garantizar a los consumidores el acceso a entidades de resolución extrajudicial de conflictos.
Los procedimientos de resolución, cuyo resultado podrá ser vinculante o no, serán además de gratuitos o de escaso coste, transparentes, sencillos, rápidos, y justos, garantizándose su imparcialidad.
La novedad de esta Ley es que se establecen mecanismos para dar a conocer a todos los ciudadanos la existencia de esta forma de resolución de conflictos de consumo. Los empresarios podrán exhibir su adhesión a estas entidades como un plus de calidad a su oferta de bienes y servicios, lo que determinará que los consumidores demanden a los empresarios que les ofrezcan esta posibilidad de solución, antes de contratar con ellos.
La ley facilitará el acceso a este tipo de procedimientos que se configura de forma general como voluntario, para empresarios y consumidores excepto que una norma sectorial establezca su obligatoriedad para los empresarios.
Los conflictos a los que se refiere este anteproyecto son todos aquellos de carácter nacional o transfronterizo surgidos entre un consumidor y un empresario, con ocasión o como consecuencia de un contrato de compraventa o de servicios celebrado de forma presencial, electrónica, telefónica…
El Anteproyecto establece también un procedimiento de evaluación y acreditación de las entidades que resuelvan los conflictos, que permitirá a estas entidades ser incluidas en un listado único de la Comisión Europea en el que serán incluidas todas las entidades notificadas por los diferentes Estados Miembros de la Unión.
Artículo completo en: Anteproyecto de Ley de Resolución Alternativa de Conflictos de Consumo